Seniat elimina vencimiento del RIF. Solo se renovará cuando se requiera incorporar cambios del contribuyente
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El SENIAT modificó la providencia que regula el Registro de Información Fiscal (RIF) y eliminó la fecha de vencimiento. Luego de las revisiones técnicas y legales exhaustivas, consideró que es una condición que se hace poco relevante y que pudiera generar trámites innecesarios para su actualización.
Es por ello, que a partir de esta nueva providencia, el RIF ya no vence y se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente.
La información fue publicada en Gaceta Oficial y difundida a través de los canales del órgano recaudador.

