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BCV “actualiza” tarifas por operaciones bancarias por tercera vez en seis meses

Las instituciones bancarias nacionales sólo podrán cobrar a sus clientes o al público en general comisiones, tarifas y/o recargos por los conceptos establecidos por el Banco Central de Venezuela mediante Resoluciones y Avisos Oficiales dictados en la materia, señala un comunicado emitido por el BCV, donde se revelan las nuevas tarifas por operaciones bancarias.

Así lo establece la Resolución N° 18-10-02 del Directorio del BCV, publicada en la Gaceta Oficial N°. 41.521 de fecha 9 de noviembre de 2018. En el documento se reglamenta el cobro de comisiones a cobrar a los usuarios de servicios bancarios.

Vale recordar que ya se había autorizado dos incrementos de tarifas por operaciones bancarias en mayo y septiembre de este año. Este es el tercer incremento en los últimos seis meses, a razón de uno bimensual.

La disposición establece que las instituciones bancarias sólo podrán cobrar a sus clientes o al público en general comisiones, tarifas y/o recargos por los conceptos establecidos por el Banco Central de Venezuela.

De igual manera, las instituciones bancarias autorizadas para recibir depósitos de ahorro, no podrán efectuar cobro alguno a sus clientes por concepto de comisiones, tarifas y/o recargos derivados de la tenencia de cuentas de ahorro en moneda nacional, así como por cualquier transacción, operación o servicio efectuado respecto de dichas cuentas, cuando estos estuvieren directamente relacionadas con las mismas.

En consecuencia, aquellas transacciones, operaciones o servicios adicionales solicitados por el cliente, no estarán exentos del cobro de comisiones, tarifas y/o recargos, aun cuando los montos correspondientes sean cargados o abonados a una cuenta de ahorros.

tarifas por operaciones bancarias

Tarifas por operaciones bancarias vigentes

Por el retiro de dinero en cajeros automáticos del banco emisor o de terceros queda en 3% y 5% del monto, tal como se acordó en mayo de este año.

La emisión de tarjetas de créditos va desde Bs.S 152,18 hasta Bs.S 543,47.

Los cheques devueltos por falta de fondos en cuentas corrientes remuneradas o no, se cobrará 900 bolívares soberanos a personas naturales y 3.000 soberanos a personas jurídicas.

La compra venta de moneda extranjera en efectivo tendrá un costo máximo de 5% del monto de la operación en moneda nacional.

Otras resoluciones se aplican

En BCV explica que sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo, las instituciones bancarias autorizadas para recibir depósitos de ahorros, sólo podrán cobrar a sus clientes, una comisión de hasta el monto que determine el BCV conforme a lo indicado en el artículo 1° de la presente Resolución, por la emisión de libretas de cuentas de ahorro en moneda nacional, a partir de la segunda emisión de la libreta en un año.

Las instituciones bancarias no podrán efectuar cobro alguno a los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por concepto de comisiones, tarifas y/o recargos derivados de la emisión, renovación o reposición de las tarjetas de débito asociadas a las cuentas abiertas a efecto de la acreditación por parte del referido Instituto de las respectivas pensiones, ni por el uso de dichas tarjetas a través de los terminales puntos de venta y/o cajeros automáticos propios o de otras instituciones bancarias.

No podrán efectuar cobro alguno por…
  • La emisión de cheques depositados, cobrados por taquilla, dentro del horario bancario regular, o que sean procesados a través del Sistema de Cámara de Compensación Electrónica.
  • El pago de cheques emitidos y/o cobrados en plazas distintas de aquella en la que sus clientes mantienen la respectiva cuenta corriente.
  • Por la falta de mantenimiento de saldos mínimos e inactividad en cuentas corrientes en moneda nacional, con excepción de lo previsto en el encabezamiento del artículo 5° de la presente Resolución.
  • La emisión de tarjetas de débito a personas naturales para el manejo de cuentas en moneda nacional, así como por el mantenimiento mensual de la misma.

 

Redacción: Reyna Carreño Miranda

Fotografía: Archivo

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